ESTADOS FINANCIEROS DE PROPÓSITO GENERAL

El artículo 21 del citado Decreto 2649 de 1993 indica que son estados financieros de propósito general, aquellos que se preparan al cierre de cada período para ser conocidos por usuarios indeterminados con el ánimo de satisfacer el interés común del público. Por otra parte, el artículo 22 ibídem, señala cuáles son los estados financieros considerados básicos que, por regla general, deben ser preparados por los entes económicos. Son los siguientes:

  1. El Balance General, 
  2. El Estado de Resultados, 
  3. El Estado de Cambios en el Patrimonio, 
  4. El Estado de Cambios en la Situación Financiera, 
  5. El Estado de Flujos de Efectivo.

NOTA: De acuerdo a lo anterior y según la orientación profesional las unidades cerradas o propiedades horizontales únicamente deben de llevar o presentar Balance general y Estado de resultados.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario